Hasta que la pensión nos alcance

O cómo retirarse usando la pensión del IMSS.
 
Resulta que si eres una de los empleados “ en transición” que empezaron a cotizar ante el IMSS antes del 1 de Julio de 1997 entonces tienes dos opciones para obtener recursos para tu retiro:
 

¿Me alcanzará con la pensión del IMSS? Depende, porque los requisitos dicen que debes tener al menos

  • 500 semanas cotizadas
  • Alcanzar la edad de 60 años para lograr una pensión del 75%, 100% a los 65 años.
  • La pensión está calculada sobre el  promedio de sueldo de los ultimos 5 años trabajados.
    (La pensión tiene un tope  de 25 salarios mínimos generales, así que si ganas un montón no te emociones)

O sea que todo depende de los ingresos recibidos en los ultimos empleos que hayas tenido.
 
Si resulta que tu sueldo estaba muy por encima del tope de 25 salarios mínimos, pues como te explico que vas a tener que empezar a ahorrar la diferencia desde hoy  si es que quieres mantener el mismo nivel de vida.
Otra de las variables que tienes que considerar es la siguiente: la Ley del Seguro Social del 73 prescribe en el 2035! Eso significa que después de ese año todas las personas que se retiren tendrán que hacerlo usando solo los recursos de la AFORE. Es decir que si en el 2035 no llegas a los 65 años para lograr una pensión del 100% , vas a tener que hacer un cálculo para ver que te conviene más.
Dinero Inteligente hizo un análisis bien interesante del asunto, comparando el dinero que recibiría una persona con los dos esquemas de jubilación (AFORE-IMSS) y los resultados son impresionantes: aun sin recibir el 100% de la pensión del IMSS, está era infinitamente mayor a hacerlo por la AFORE.
 
Si vas a retirarte usando la opción del IMSS, los recursos de tu AFORE no van a serte entregados en su totalidad. Solo lo que se haya acumulado en las subcuentas del 92 se te entregarán en una sola exhibición, lo demás se va al IMSS para pagar por las rentas vitalicias que vas a recibir. Puedes ver una explicación con unas gráficas bien entretenidas aquí.
 
En mi caso me parece que me conviene más la jubilación con la pensión del IMSS, en el 2035 tendré 63 años y no alcanzaré el 100% de la pensión, así que tengo que empezar a ahorrar la diferencia ( si es que me voy a completar con el 100%, porque si mis gastos son mucho más altos la diferencia a ahorrar es todavía más grande). Como me quiero retirar a los 55 con la opción de que la empresa en que trabajo pague 5 años de cotizaciones adicionales, entonces lo máximo que podría recibir sería el 75% del promedio de sueldo.
 
Suena complejo, pero es el tipo de análisis que se tienen que hacerse en el presente.
 
Resumiendo, probablamente no te van a alcanzar los recursos de cualquiera de los dos sistemas.
Solución, empieza a ahorrar desde hoy …un peso ahorrado hoy es un peso doblemente ganado en el futuro.

7 comments

  1. ANA

    Hola Isela
    Excelente post, se lo voy a pasar a mi papá que tiene 59 años para que se vaya poniendo “las pilas” y vaya preparándose para su retiro…. Si los hijos no les hacemos ver la importancia a nuestros papás de que tienen que planear su juvilación quizá seamos nosotros los que paguemos las consecuencias.

    Un abrazo y saludos desde Queretaro

  2. Antonia

    Excelente post, lo que ho habìa escuchado era que la ley 1973 tenia fecha de caducidad, tenìa entendido que los que cotizaron antes de la entrada en vigor de la ley actual, (que es 01 de julio de 1997) podìa escoger por que ley pensionarse.
    Por otro lado mi madre casi siempre ha sido ama de casa, se separò de mi padre ya hace màs de 20 años, el nunca se hizo cargo economicamente de ella no obstante que acababan de nacer mis ùltimos 2 hermanitos, yo siempre la apoyè.
    Por azares del destino trabajo un tiempo con IMSS (ley 1973) ahora ella esta a punto de pensionarse en Junio con tan solo cotizar 500 semanas, tendrà una pension mensual aprox. de $ 1,800.
    En este caso no vale mucho cuando haya ganado ya que mucho ayuda las semanas cotizadas, (ojo) ya que entre mas cotizaciones semanales tengas mucho mayor poder adquisitivo tendràs en la pensiòn.
    Obviamente como tu has mencionado ella tendrà derecho ademàs de la parte de su subcuenta de retiro y sar.
    Y hay que mencionar que el IMSS se queda con el importe integro de la subcuenta de vivienda 1997 en adelante y que hay que entablar pleito para solicitar la devoluciòn, ya que es anticonstitucional que lo destinen a un fin distinto, por lo cual cada pensionado tendrà 15 dias para presentar inconformidad, considerando obviamente que en muchos de los casos son cantidades arriba de los $ 200,000 pesos

  3. Ricardo Walker

    ¡Hola a todos!

    Utilisisima esta entrada. Pone de manifiesto algunas de las trampas legales a las que nos tendremos que enfrentar cuando llegue el momento de retirarnos. En mi caso, faltan 20 años para que cumpla los 65, así que la libro con lo de la fecha límite.

    Una de mis sobrinas que es licenciada en derecho, participa en entablar la demanda al IMSS para recuperar la subcuenta retenida. Asi que no debemos aplomarnos y estar muy vivillos para cuando estemos por retirarnos.

    Gracias por compartir los frutos de tu investigación.

    ¡Saludos desde la fresca Ensenada!

  4. Enrique

    Hola Isela sobre la ley del Imss ¿cuál es tu fuente para afirmar que la ley del 73 caduca en el 2035? me gustaría saberlo para estar preparado, sobre todo porque en el 2035 habrá trabajadores en transición menores a 60 años, entonces para variar la ley se contradice.

    Gracias

  5. Isela - Makahui

    Enrique,

    La ley no se contradice, simple y sencillamente los empleados en transición que no cumplan con el requisito de edad de 60 años en el 2035 no tendrán derecho a una pensión del IMSS , y tendrán que usar la AFORE.
    No es cuestión de la ley, es cuestión de no cumplir con los requisitos.
    Lee este artículo para que veas la diferencia de ingresos con AFORE y Ley 73, además de la nota sobre el vencimiento en el 2035.

    http://www.cnnexpansion.com/mi-dinero/2010/04/22/jubilado-pension-imss-afore-cnnexpansion

    Saludos

  6. Enrique

    El artículo menciona el año 2035 sin embargo no menciona la fuente habría quei nvestigar pues si la ley lo menciona veo un problema grave a futuro ya que hay trabajadores que hoy la misma ley les dice que puende acceder a la ley del 73 pero no aclaran que llegado el 2035 si no tienen 60 años no tendrán derecho a esta ley y más allá de eso veo que el problema es que muchos confiados en ello nunca ahorrarán en su afore.

    Por otro lado veo injusto y poco claro que si cotice antes del 97 al momento de cumplir 60 años no pueda ejercer mi derecho a la ley del 73, lo confuso es que la prescripción nadie la menciona y es primera vez que escucho sobre ello.

  7. Pingback: Sobre la Ley 73 del IMSS y su Prescripción- Planea Tus Finanzas

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